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Suspenderán a frigoríficos que incumplan el acuerdo de precios

Mediante una Resolución del Boletín Oficial, el Gobierno tendrá la potestad de frenar cualquier envío de carne al exterior si sus productores no cumplieron con el abastecimiento y los precios pactados para el mercado interno.

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Una Resolución de los ministerios de Agricultura y de Desarrollo Productivo, que ya fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, establece que se “observará” las declaraciones juradas de ventas al exterior de las empresas.

Además, se aguardará para autorizar a las empresas para que la Secretaría de Comercio Interior dé un informe, constatando que las mismas cumplieron o no con el acuerdo de precios para el mercado interno.

Polémica con los frigoríficos

El titular de la cartera agropecuaria, Julián Domínguez, ya había lanzado una advertencia semanas atrás al respecto: “Quienes no cumplan con los compromisos asumidos con las y los argentinos, no podrán continuar exportando carne”.

Esto se dio tras una reunión con los empresarios de la carne, luego de que estos decidieron “bajarse” del programa que estimula carne a precios por debajo del mercado.

La Resolución establece el freno de las exportaciones a aquellos frigoríficos que no hayan acatado el acuerdo de precios.

A posteriori, los exportadores de estos alimentos decidieron dar marcha atrás con su decisión, por lo que siguen encaminados en abastecer al mercado interno con 6.000 toneladas por mes, destinadas a ser vendidas a precios accesibles para el consumidor nacional.

Detener el envío de carne al exterior

A partir de la Resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Agricultura tiene la potestad de frenar cualquier envío de carne vacuna al exterior, señalando que: “La Secretaría de Comercio Interior informará a la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario los incumplimientos, en el marco de su competencia, a los acuerdos de precios y/o normativa aplicable a la industria de carne vacuna concretados por parte de los sujetos obligados en los términos del Artículo 1º de la citada Resolución Conjunta Nº RESFC-2021-3-APN-MAGYP”.

A su vez, la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, estará habilitada para observar las Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC), y la Secretaría de Comercio Interior deberá emitir la aprobación sobre los exportadores una vez haya corroborado que cumplieron con el régimen pactado.

Los fundamentos de la Resolución

El Gobierno justificó la oficialización de esta Resolución a través de varios motivos, entre los que destaca el impacto de la invasión de Rusia a Ucrania: “Mayores riesgos a la seguridad alimentaria, ya que afecta de forma significativa el abastecimiento global de productos alimentarios y genera alzas en los precios internacionales”.

Este conflicto estaría generando una mayor demanda internacional, lo que ocasionaría un desabastecimiento al mercado interno o un aumento de los productos.

Los exportadores deberán aguardar a que se corrobore que hayan cumplido con lo pactado sobre la comercialización de la carne, a través de la revisión de sus Declaraciones Juradas.
Los exportadores deberán aguardar a que se corrobore que hayan cumplido con lo pactado sobre la comercialización de la carne, a través de la revisión de sus Declaraciones Juradas.

Además, se menciona en la Resolución la dificultad que atraviesa la ganadería argentina, debido a la climatología adversa: “Hay un faltante de 1.500.000 cabezas, de las cuales alrededor de 950.000 son vientres de ganado vacuno, como así también por la sequía y los incendios padecidos en esta etapa del ciclo productivo que impactan negativamente en la producción”.

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