Santa Fe

Regularon el uso de los monopatines eléctricos en la ciudad

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El Concejo Municipal santafesino sancionó una ordenanza con la cual establece la regulación del uso de los monopatines eléctricos. Lo primero que estableció la norma fueron modificaciones el Reglamento General de Tránsito de la ciudad (Ordenanza N° 10.017).

Se incorporó la clasificación de Vehículos Terrestres, diferenciando al ciclomotor (de hasta 50 centímetros cúbicos y hasta 50 km/h) de las motocicletas (por encima de esa velocidad). Y se incluyó en esa clasificación a vehículos de tracción a motor eléctrico, como de "movilidad personal". Dentro de éstos, están los monopatines.

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Estos dispositivos no podrán en ningún caso circular a una velocidad superior a 25 km/h, ni podrán ser conducidos por menores de 16 años. El vehículo será retenido en caso de constatarse la infracción de esta norma. Se prohíbe su circulación en toda área de tránsito de peatones.

También el marco normativo prohíbe taxativamente la circulación de más de una persona por cada monopatín eléctrico. "A los fines de permitir el ordenado estacionamiento de estos dispositivos de movilidad personal, deberán destinarse espacios aptos para ello en la vía pública", dice la norma sancionada.

Cabe señalar que el proyecto fue impulsado por por Carlos Suárez, del bloque UCR-Juntos por el Cambio; y Luciana Ceresola y Sebastián Mastropaolo de PRO-Juntos por el Cambio.

Seguridad

Según la normativa, el vehículo debe "tener un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas, permitiendo una detención total y su carga de forma eficaz; base de apoyo para los pies; timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano; elementos reflectantes (delanteros y traseros) para el usuario o adherido al vehículo que permitan una adecuada visibilidad de éste. La potencia máxima del motor será de 500 watts", precisa el despacho final.

El municipio dispondrá si las empresas prestadoras del servicio de colectivos urbanos permiten o no al usuario el traslado de sus vehículos de movilidad unipersonal en las unidades de colectivos.

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Se creará el Registro de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal, en el que deberán inscribirse los usuarios de estos vehículos de forma gratuita; dejando constancia de sus datos personales y los del vehículo de movilidad personal de su propiedad.

La norma local se aprobó en consonancia con el decreto vigente de la Agencia Nacional de Seguridad Vial que regula el uso este tipo de vehículos unipersonales.

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