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Habilitaron actividades religiosas de hasta 30 personas en Santa Fe

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El Gobierno nacional habilitó la práctica de actividades religiosas con concurrencia de hasta 30 personas en la provincia de Santa Fe. Ahora el Ejecutivo Provincial deberá dictar el decreto correspondiente que refrende la medida.

A través del Boletín Oficial, se dio a conocer la Decisión Administrativa 1146/2020 cuyo artículo número cuatro “exceptúa de la prohibición dispuesta en el artículo 9° inciso 1 del Decreto N° 520/20 a la Provincia de Santa Fe para la práctica de actividades religiosas con concurrencia de hasta treinta (30) personas”.

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En tanto, el artículo seis agrega que la Provincia de Santa Fe “deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades, servicios o profesiones referidos en los artículos 1° y 4°, pudiendo limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus”.

Sin embargo, en su artículo posterior indica que las excepción otorgada podrá ser dejada sin efectivo por el gobierno provincial, “en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial”.

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