Cafiero: “Está permitido que las provincias y los privados compren vacunas”
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, aseguró que la compra de vacunas no está permitida únicamente para el Gobierno nacional. “Tanto las provincias como la ciudad de Buenos Aires pueden comprar vacunas por su cuenta y lo mismo que los privados. Eso no está prohibido en la Argentina", dijo.
El funcionario nacional reafirmó que en la ley de vacunas "está muy claro" que no es el Gobierno nacional el que debe comprarlas, sino que, "cualquiera que salga hoy al mercado puede hacerlo y las va a conseguir”.
Sin embargo, Cafiero indicó que, “con el nivel de escasez que hay, estas son las vacunas que se están consiguiendo. Cualquiera que salga al mercado a comprar las va a conseguir para vaya a saber qué mes”.
Qué dice la ley de vacunas
El Gobierno nacional promulgó en noviembre la Ley 27.573 que declara de interés público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el coronavirus, en el marco de la emergencia sanitaria por la enfermedad.
La norma, que había sido sancionada el 29 de octubre por el Senado, facultó al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Salud, a realizar los trámites para la adquisición de las vacunas que se desarrollen para enfrentar la enfermedad. A su vez, exime del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el impuesto al valor agregado, a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud.
Por otra parte, faculta al Poder Ejecutivo a incluir cláusulas o acuerdos de confidencialidad acordes al mercado internacional de las vacunas contra el COVID-19, de conformidad con las leyes 27.275 de Acceso a la Información Pública, 26.529 de Derechos del Paciente, y normas concordantes, complementarias y modificatorias, y a suscribir en los contratos que celebre conforme el procedimiento regulado en la presente ley, todos los actos administrativos previos y posteriores tendientes al efectivo cumplimiento de estos, a modificar sus términos y a incluir otras cláusulas acordes al mercado internacional de la vacuna.
En cuanto a lo expresado anoche por el Jefe de Gabinete, el texto establece que “idéntico tratamiento” recibirán las vacunas que eventualmente puedan adquirir las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin embargo, la resolución, que fue publicada en el Boletín Oficial, prevé que quien compre las vacunas contra el coronavirus tendrá que presentarlas ante la ANMAT a los efectos de la intervención de su competencia y deben ser autorizadas por el Ministerio de Salud nacional, quienes podrán expedirse en un plazo máximo de 30 días, previo a su uso en la población objetivo.
Hasta ahora en el país fue el Ejecutivo nacional el que unificó las tratativas con los laboratorios y las adquisiciones. Sobre este tema también la norma aclara que los contratos “deberán ser remitidos a la Auditoría General de la Nación, a las comisiones de Salud del Congreso, siempre con los recaudos correspondientes a los fines de respetar las cláusulas de confidencialidad que pudieran incluirse en los mismos”.
En las últimos días, Argentina recibió 218.400 dosis de Oxford AstraZeneca a través del mecanismo COVAX; un cargamento de 300.000 de la Sputnik V, un millón de dosis de Sinopharm, y el domingo pasado arribó el último cargamento de la vacuna rusa con 497.745 dosis del componente 1. En total, hasta ahora llegaron al país un total de 7.266.500 dosis, muy lejos de las promesas iniciales.
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