Confirmaron la cesantía a trabajadora de Control Municipal
Todo se hizo público en junio de 2018, cuando el entonces intendente José Corral inició un sumario administrativo para investigar potenciales irregularidades en la Dirección de Control de Actividades y Vía Pública; separó preventivamente por 90 días a Silvia Cejas, la directora a cargo, e intervino la repartición.
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Habían llegado denuncias al Municipio advirtiendo el mal accionar del personal que se ocupaba de controlar la nocturnidad -locales bailables, eventos, etc.-, los espectáculos públicos, las actividades comerciales y el ordenamiento de la venta ambulante. Y Fiscalía Municipal elaboró los informes para fundamentar la decisión.
A fines de ese año, el Departamento Ejecutivo dispuso la conclusión del sumario y la aplicación de cesantía prevista en el artículo 62 inc. c) del Estatuto para personal Municipal – Ordenanza N° 8.527. Sin embargo, la efectividad de dicha sanción estaba sujeta a que se excluyera la tutela sindical de la que gozaba Cejas por haber resultado electa delegada gremial, y cuyo mandato finalizaba el 1 de noviembre de 2019. Esa protección gremial se extendió un año más, con lo cual ya concluyó, según indica El Litoral.
En consecuencia, y compartiendo el criterio de Fiscalía Municipal, el ahora intendente Emilio Jatón dispuso que se haga efectiva la cesantía de Silvia Cejas y rubricó la correspondiente resolución. Acompañan con su firma el secretario de Gobierno, Nicolás Aimar; y la secretaria de Control y Convivencia Ciudadana, Virginia Coudannes.
El trabajo de Fiscalía Municipal
En todo momento, los hechos investigados se tramitaron bajo secreto de sumario administrativo, para garantizar así la eficacia de la investigación.
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La ordenanza 10.610 establece que la Sindicatura Municipal tiene como competencias a su cargo “emitir informes sobre la gestión y el sistema de control interno vigente en cada jurisdicción y entidad, formulando recomendaciones para su fortalecimiento y mayor eficiencia”, como así también “formular a los órganos comprendidos en su ámbito de competencia recomendaciones tendientes a asegurar el adecuado cumplimiento normativo, la correcta aplicación de las reglas de auditoría interna y de los criterios de economía, eficiencia y eficacia”.
Además, debe “poner en conocimiento del Intendente y de los titulares de las jurisdicciones los actos que hubieren acarreado o estime puedan acarrear perjuicios para el patrimonio público” y “vigilar el cumplimiento de la normativa legal y de las normas emitidas por los órganos rectores del sistema de administración financiera”.
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