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La EPE demoró 14 años en darse cuenta que su abogada no era abogada

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En el año 2022 la Empresa Provincial de la Energía decidió la apertura de un sumario administrativo para una de sus empleadas. Se trata de Miriam Guadalupe Chiodini quién ejercía la profesión de abogada sin serlo.

El origen del sumario se da tras la inscripción de la agente en cuestión en el procedimiento para cubrir el cargo definitivo de “Abogado Asesor – Categoría 18/4 – Nivel E – Temática Administrativa – Asesoría Letrada Delegación Santa Fe – Gerencia de Asuntos Jurídicos”, el cual ya se encontraba reemplazando de modo discontinuo desde el año 2010 y de forma continua a partir del año 2020.

Todos esos años, ejerció sus tareas sin ostentar el título de abogada, condición básica para acceder al cargo. La implicada, para ingresar a la empresa, había presentado un título de abogada, el cual carecía de validez, conforme surgió de la propia declaración posterior y de lo informado por la Universidad Católica de Santa Fe.

“Profesional del derecho”

Del sumario de la EPE se desprende que Chiodini “conocía perfectamente la normativa relativa a los procedimientos para el cubrimiento de cargos; más aún siendo ‘profesional del derecho’, por lo cual se puede inferir que es una persona formada y que comprende la diferencia entre ser abogado y no serlo”.

“Su accionar para acceder a un cargo, para el cual no cumplimentaba los requisitos, cristaliza un actuar contrario a derecho realizado voluntariamente, con intención, discernimiento y libertad, siendo su acción reprochable a nivel disciplinario. Ello, al intentar ascender en su carrera escalafonaria evitando y/o sorteando el andamiaje jurídico relativo a la materia. A lo expresado, se suma el hecho de que la agente reemplazaba dicho cargo, por lo cual su conducta luce reprochable a todas luces. Así, se advierte un desinterés por las cuestiones empresariales”, agrega la resolución interna.

Defensa

La defensa de Chiodini sostuvo que la incorporación de la documentación falsificada no era su responsabilidad, sugiriendo que otra persona lo hizo. “Ella voluntariamente se postuló a un cargo para el cual no poseía un título habilitante, por lo que sólo ella pudo incorporar la documentación “títulos acreditantes” a su legajo”, sostuvo la EPE.

“Si ella pretende que fue la empresa la que lo hizo para perjudicarla debe demostrarlo, pero no es lógica esta argumentación. La sana crítica racional indica que ella es quien ha buscado colocarse en una posición que no le correspondía y la empresa posee muchas otras personas que pueden ejercer el cargo que deseaba la agente. La empresa jamás se hubiera beneficiado de sus acciones ya que para ese cargo requiere un abogado. Esta línea de defensa apoyaría más a la idea demostración de actuar de mala fe, que, de una defensa sumarial, como su intento”, manifiesta la resolución.

La EPE también indicó que “quedó demostrada su falta de coherencia y colaboración para con la Administración, al presentar un título que no ostenta y luego expresar que ostenta, obligando a esta Empresa a generar un dispendio de recursos humanos y materiales en pos de poder aclarar la situación”.

“La Doctora”

Chiodini no solo desarrollaba tareas como abogada en la Empresa Provincial de la energía, sino también en el ámbito externo. La sumariada daba órdenes e instrucciones para su labor a abogados para quienes ella era, se presentaba y ejercía funciones "de abogada". Se presentaba y hacía llamar “Doctora”.

Se decía y actuaba como abogada -según las testimoniales- y cumplía funciones “asesorando” en el sector “Asesoría Letrada”; siendo que un procurador no está habilitado para tales fines.

Sanción

A finales del mes de junio del corriente, el Directorio de la Empresa Provincial de la Energía finalmente dispuso la exoneración de Miriam Guadalupe Chiodini por las faltas evidenciadas.

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