Santa Fe

Confirmaron la cesantía a trabajadora de Control Municipal

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Todo se hizo público en junio de 2018, cuando el entonces intendente José Corral inició un sumario administrativo para investigar potenciales irregularidades en la Dirección de Control de Actividades y Vía Pública; separó preventivamente por 90 días a Silvia Cejas, la directora a cargo, e intervino la repartición.

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Habían llegado denuncias al Municipio advirtiendo el mal accionar del personal que se ocupaba de controlar la nocturnidad -locales bailables, eventos, etc.-, los espectáculos públicos, las actividades comerciales y el ordenamiento de la venta ambulante. Y Fiscalía Municipal elaboró los informes para fundamentar la decisión.

A fines de ese año, el Departamento Ejecutivo dispuso la conclusión del sumario y la aplicación de cesantía prevista en el artículo 62 inc. c) del Estatuto para personal Municipal – Ordenanza N° 8.527. Sin embargo, la efectividad de dicha sanción estaba sujeta a que se excluyera la tutela sindical de la que gozaba Cejas por haber resultado electa delegada gremial, y cuyo mandato finalizaba el 1 de noviembre de 2019. Esa protección gremial se extendió un año más, con lo cual ya concluyó, según indica El Litoral.

En consecuencia, y compartiendo el criterio de Fiscalía Municipal, el ahora intendente Emilio Jatón dispuso que se haga efectiva la cesantía de Silvia Cejas y rubricó la correspondiente resolución. Acompañan con su firma el secretario de Gobierno, Nicolás Aimar; y la secretaria de Control y Convivencia Ciudadana, Virginia Coudannes.

El trabajo de Fiscalía Municipal

En todo momento, los hechos investigados se tramitaron bajo secreto de sumario administrativo, para garantizar así la eficacia de la investigación.

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La ordenanza 10.610 establece que la Sindicatura Municipal tiene como competencias a su cargo “emitir informes sobre la gestión y el sistema de control interno vigente en cada jurisdicción y entidad, formulando recomendaciones para su fortalecimiento y mayor eficiencia”, como así también “formular a los órganos comprendidos en su ámbito de competencia recomendaciones tendientes a asegurar el adecuado cumplimiento normativo, la correcta aplicación de las reglas de auditoría interna y de los criterios de economía, eficiencia y eficacia”.

Además, debe “poner en conocimiento del Intendente y de los titulares de las jurisdicciones los actos que hubieren acarreado o estime puedan acarrear perjuicios para el patrimonio público” y “vigilar el cumplimiento de la normativa legal y de las normas emitidas por los órganos rectores del sistema de administración financiera”.

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