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El Gobierno promulgó la ley de Góndolas

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Así lo hizo al publicar este martes el decreto 268/2020 en el Boletín Oficial, que puso en vigencia la normativa sancionada el 28 de febrero último.

Esta legislación “tiene por objetivo contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores”.

También, “mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado”.

Para ello propone ampliar la oferta de productos artesanales y regionales nacionales producidos por las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y proteger su actuación.

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Esta ley será aplicable exclusivamente respecto de la comercialización de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y artículos de limpieza del hogar.

La autoridad de aplicación deberá, en el lapso de 90 días de promulgada la presente ley, confeccionar un listado de las distintas categorías de productos alcanzados, y arbitrará los medios para su publicidad a la población en general.

La normativa estableció que queda prohibido generar una exclusión anticompetitiva de proveedores por el alquiler de espacios en góndolas o locaciones virtuales, o sitios preferenciales en ellos.

Precisó que en especial será considerada una exclusión anticompetitiva el pago de cánones o comisiones impuestas, que por sus características o magnitud obliguen al proveedor a optar por un solo canal de distribución.

En góndolas y locaciones virtuales la exhibición de productos de un proveedor o grupo empresario no podrá superar el 30% del espacio disponible que comparte con productos de similares características.

Con información de Télam

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