Tres artículos que clarifican el proyecto de Emergencia
Tres ejes esenciales del proyecto bautizado de “Solidariadad Social y Reactivación Productiva”.
El primer análisis del proyecto que envió Alberto Fernández al Congreso para declarar la emergencia en casi todos los aspectos del Estado y que fue bautizado como de “Solidaridad Social y Reactivación Productiva” marca tres ejes esenciales sin los que esa ley ómnibus no tendría sentido, ni efecto alguno.
La creación de un nuevo impuesto de 30 % sobre la compra de divisas, gastos con tarjeta de crédito en el exterior y pasajes, la suspensión de la fórmula de actualización del sistema de jubilaciones y pensiones y la sobretasa en retenciones al campo son la verdadera música que alimenta toda esa batería de medidas. Que luego se extiende a cambios en Bienes Personales, Impuestos Internos sobre autos de alta gama, moratorias a pymes, tarifas, renta financiera, aportes patronales y hasta algún ajuste en el impuesto al cheque.
No hay error posible al considerar que haber frenado el reloj del taxi de la actualización de jubilaciones por 180 días (prorrogables) le producirá al Estado un alivio de caja que ninguna otra medida podría producir.
Gasto social
El Presupuesto nacional en esto es elocuente. El gasto social implica el 68,3% de todas las partidas disponibles. De eso el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones se lleva más del 40%. Asignaciones Familiares y AUH 7%. Y Pensiones No Contributivas 5%. Está claro que la indexación de esos rubros representa el incremento más grande que se pueda encontrar en el gasto del Estado.
Alberto Fernández no necesitó que nadie se lo explicara. Sabe desde hace décadas que ese y la deuda son los problemas centrales hoy del déficit.
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Sólo un Gobierno peronista podía animarse a tomar la decisión de suspender la fórmula de ajuste automático sin temer a complicadas reacciones de la población. Ese sistema de actualización ahora en revisión nació bajo el comando de Cristina de Kirchner en su presidencia y que luego Mauricio Macri modificó (llevando la fórmula a un 70% por inflación y 30% por evolución salarial), en uno de los episodios más traumáticos de la administración de Cambiemos.
Esta decisión que hoy se votará en Diputados produjo dos efectos inmediatos. Los jubilados de menores ingresos recibirán dos sumas fijas de $5.000 cada una y los demás quedarán esperando a que dentro de los próximos 180 días se arme una nueva fórmula de actualización y mientras tanto las subas las decida el Gobierno.
Negociación de la deuda
Por otro lado, quienes esperan que el país tenga capacidad de pago y cuentas en orden festejan aliviados esa decisión. El FMI y los bonistas ven que Alberto Fernández tendrá la caja menos presionada para enfrentar pagos, sobre todo si se le suma a esto una decisión que se tomó esta semana al colocar una Letra del Tesoro en el Banco Central por u$s4.750 millones, todo destinado a cancelar vencimientos. Más voluntad de cumplir frente las negociaciones que ya empezaron en Washington y Nueva York, imposible. De ahí, la suba de los bonos .
Hay otro artículo en el que pocos repararon hasta ahora ya que la atención estaba puesta en el 85, que disponía una facultad extraordinaria al Poder Ejecutivo para modificar o hasta disolver organismos descentralizados y autónomos del Estado.
Ese superpoder, se sabe, fue eliminado ayer mismo del articulado, pero hay otro tan necesario para la Emergencia como todo lo anterior, que es su vecino, el artículo 84.
Allí se dice que durante la vigencia de la Ley de Emergencia se suspende el límite que se había introducido en la Ley de Administración Financiera y de los Órganos de Control “para realizar reestructuraciones presupuestarias”. Esa limitación a que el Ejecutivo cambie el destino de las partidas del Presupuesto, por ejemplo, desde gasto de capital (obras, infraestructura e inversiones) a gasto corriente (pago de sueldos) era hasta ahora de 5% del gasto total. Ahora quedará liberado, abriendo la puerta a que se modifique el destino de los fondos dentro de la administración pública.
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