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Quiénes y cuándo deberá usarse el tapabocas

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El aumento en la curva de infectados de COVID-19, obligó al Gobierno provincial a emitir un decreto que amplía la obligatoriedad del uso de “elementos de protección de nariz, boca y mentón, a todos los desplazamientos de las personas por la vía pública, para el desarrollo de actividades permitidas en marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio‘, de acuerdo a lo señalado en el artículo primero de sus considerandos.

Al respecto, el documento señala que “quedan exentos de la obligatoriedad del uso de los elementos de protección mencionados en el párrafo precedente los niños y las niñas menores de cinco años de edad”.

Asimismo, el artículo dos del decreto indica que la obligatoriedad del uso de los elementos mencionados “se hace expresamente extensiva a las salidas breves para caminatas de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico habilitadas; así como su portación con el mismo carácter en vehículos oficiales o privados para ser
utilizados en ocasión de ser detenido en los controles de tránsito en la vía pública”.

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Esta nueva disposición no anula “las medidas de higiene y prevención que impone la emergencia”, y permanecerá vigente “mientras rija el distanciarniento social, preventivo y obligatorio‘ dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.

“Si yo me cuido, te estoy cuidando y nos cuidamos todos. La única vacuna que existe hasta ahora para poder desarrollar el mayor nivel de actividades es nuestra conducta”, afirmó el gobernador de la provincia, Omar Perotti.

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