Docentes santafesinos volverán a pagar el impuesto a las ganancias

El Gobierno de Santa Fe informó que, por una resolución judicial, los docentes provinciales volverán a pagar el impuesto a las ganancias, en los casos en que corresponda según sus ingresos.
La notificación fue emitida por la Dirección Regional Santa Fe de la DGI–ARCA y hace referencia a una resolución de la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que revocó la medida cautelar que había suspendido las retenciones del impuesto para los trabajadores de la educación.
A raíz del fallo, el Ejecutivo santafesino deberá retomar las retenciones sobre los sueldos alcanzados por el gravamen. Según precisó la Dirección General de Administración, el descuento volverá a aplicarse a partir de los haberes correspondientes a noviembre, que se cobrarán en diciembre.
La medida alcanza únicamente a los docentes cuyos salarios superen los mínimos establecidos por ley.
La decisión judicial revierte la cautelar dictada en agosto de 2024 por la jueza nacional del trabajo Mirta González Burbridge, quien había aceptado un planteo de la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) y ordenado suspender preventivamente la aplicación del tributo. Esa resolución quedó ahora sin efecto tras el recurso presentado por los abogados del Gobierno nacional.
En su fallo original, la magistrada había suspendido la aplicación de tres artículos de la ley Bases que restablecían el Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría, así como los actos reglamentarios de la AFIP.
La comunicación provincial aclara que las retenciones se realizarán conforme a lo dispuesto por el artículo 7° y el Anexo II de la Resolución General (AFIP) N° 4003/17, aplicando un tope del 35% sobre las remuneraciones brutas mensuales. Si el monto excede ese límite, la diferencia se ajustará en la liquidación anual de abril de 2026.
Asimismo, el Gobierno recordó a los agentes que deben presentar o actualizar el formulario F.572 Web, a través del servicio SIRADIG–Trabajador, para declarar cargas de familia, otros ingresos y deducciones correspondientes al período fiscal 2025.
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