Rosario

Rosario: estos fueron los temas tratados en el Concejo Municipal

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MODIFICACIONES A LA ORDENANZA DEL MUSEO DE LA MEMORIA

Expediente 266027 de la Comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Modifíquese la Ordenanza N° 6.506 y sus modificatoriasN° 6725/98, N° 6.898/99 y N° 8.941/12 y déjese sin efecto cualquiernormativa anterior que se oponga al texto de la presente, quedandoredactada de la siguiente manera:

"Artículo 1º.- Créase en la órbita dela Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Rosario elMUSEO DE LA MEMORIA que tendrá por misión reconstruir, preservary transmitir la memoria colectiva sobre el genocidio perpetrado por laúltima dictadura cívico-militar-eclesiástica entre 1976 y 1983 medianteel despliegue del terrorismo de Estado sobre toda la sociedadargentina, y comprender sus profundas raíces históricas como asítambién sus consecuencias en el presente. Todo ello con el objetivo defortalecer los valores democráticos en nuestra comunidad, promover lacultura de los Derechos Humanos y construir garantías de norepetición.

Artículo 2º.- El MUSEO DE LA MEMORIA contará para el desarrollo desu misión con áreas y programas tendientes a las siguientes acciones:Conservar, investigar y difundir el patrimonio documental y testimonialreferido a los crímenes del terrorismo de Estado y del genocidioreorganizador, como así también a las luchas populares y sus militantesy a la represión llevada adelante. Desarrollar una pedagogía de lamemoria, propiciando la reflexión crítica y la búsqueda de memoria,verdad y justicia en la población y en todas aquellas personas quevisiten el Museo. Estas acciones se desarrollarán mediante el uso de losdiversos lenguajes del arte; la construcción de políticas desde unaperspectiva inclusiva y la investigación de la situación actual de losderechos humanos a nivel local, nacional y continental.

Artículo 3°.- La Municipalidad de Rosario garantizará la conservación yel pleno funcionamiento del MUSEO DE LA MEMORIA mediante laafectación de una partida permanente en la unidad de organización delmuseo de la memoria en el clasificador institucional del PresupuestoMunicipal, que asegurará el plan de acción propuesto por el director.

Artículo 4°.- El MUSEO DE LA MEMORIA funcionará incondicional ydefinitivamente en la calle Córdoba 2019, ex sede del Comando del II°Cuerpo de Ejército, locación que fuera expropiada para tal fin, segúnLey provincial N° 12.018 y que se constituye como Sitio de Memoriasegún Ley Nacional N° 26.691y como lugar histórico nacional segúnDecreto del P.E.N. N° 379/15.

Artículo 5°.- El MUSEO DE LA MEMORIA actuará como organismofuera de nivel y estará dirigido por un cuerpo mixto integrado de lasiguiente manera:

Comisión Directiva: Designación y composición: La Comisión Directivaestará integrada por ocho (8) miembros que tendrán una duración decuatro años en el ejercicio de sus funciones, desempeñándose en lasmismas ad honorem y serán seleccionados de la siguiente manera:Cuatro miembros que deberán ser personas que se hayan distinguidoen la Ciudad de Rosario por su trayectoria comprometida con losDerechos Humanos y la Democracia, a propuesta del Concejo

Municipal. A fin de garantizar que las personas propuestas tengandicha trayectoria, se comunicará a la opinión pública la nómina de lasmismas mediante la publicación de avisos durante dos (2) díasconsecutivos en los diarios de nuestra ciudad que el Concejo Municipaldisponga y en la página web del Concejo Municipal, abriéndose a partirde la última publicación en los diarios un período de quince (15) díascorridos durante los cuales cualquier habitante podrá formular suopinión fundada, por escrito y firmada respecto de tales propuestas, lasque deberán ser presentadas por Mesa de Entradas del ConcejoMunicipal. Vencido el plazo previsto para tales presentaciones elConcejo Municipal deberá resolver definitivamente dentro de las tressesiones ordinarias inmediatas siguientes. Cuatro miembros quedeberán ser figuras destacadas propuestas por los Organismos deDerechos Humanos, con acuerdo del Concejo Municipal. Los mismos

serán propuestos por dichos organismos, en el seno del Consejo Asesorde Derechos Humanos del Concejo Municipal. Funciones: La ComisiónDirectiva se constituirá en reuniones periódicas, con un quórum de lamitad más uno/a de sus integrantes y con temario previamenteestablecido. Sus debates quedarán expresados en un libro de actas ysus funciones son las siguientes:

Participar en la elaboración y evaluación del plan anual así como deotras actividades que se planifiquen, velando por la misión y losobjetivos emanados de la Ordenanza madre. Aprobar las actividadesque se incorporen a lo largo del año, dentro de la institución, por fueradel plan anual. Participar del concurso interno para la selección delpersonal que se incorpore al funcionamiento cotidiano del Museo.

Supervisar el destino de las donaciones y legados de bienes materialeso sumas dinerarias. Mantener reuniones periódicas con la Dirección delMuseo, para implementar las acciones necesarias tendientes a cumplircon la misión del Museo. Tramitar ante las autoridades pertinentes elllamado a concurso para el cargo de Director/a del Museo cuandocorresponda y emitir un dictamen no vinculante respecto de lascondiciones de los postulantes al Concurso. Director/a: Designación: Elcargo de Director/a será designado por el Departamento Ejecutivo ytendrá una duración de cuatro (4) años que podrá ser renovado por unperíodo consecutivo. La renovación será propuesta por elDepartamento Ejecutivo y deberá contar con la ratificación del ConcejoMunicipal. El cargo será cubierto por concurso abierto, cuyas basesserán enviadas por el Departamento Ejecutivo Municipal y puestas aconsideración para su aprobación por la Comisión de Feminismos,Disidencias y Derechos Humanos del Concejo Municipal, o la que en elfuturo la reemplace. Las bases deberán contener como requisito laelección de una persona que se haya distinguido en razón de susvalores éticos e intelectuales, demostrados particularmente en elcampo de los Derechos Humanos, la Democracia y el Pluralismo. Eljurado deberá tener una integración mínima de dos representantesdesignados por el Departamento Ejecutivo, dos representantesdesignados por el Concejo Municipal, dos representantes de laComisión Directiva del Museo de la Memoria, un/a representantedesignado a propuesta del Consejo Asesor de Derechos Humanos delConcejo Municipal y un/a representante del Sindicato de Trabajadores

Municipales. Todos los miembros deberán contar con sus respectivossuplentes. Dentro del trámite del concurso se incluirá un dictamen novinculante emanado de la Comisión Directiva, respecto de lascondiciones de cada uno de los postulantes a dicho concurso. El mismoserá de lectura obligatoria para la totalidad de la Junta examinadora yserá incorporado a la publicación del dictamen final, a los fines de darlecarácter público. Funciones: Representar al Museo en todos sus actos ysuscribir todo documento que comprometa al Museo en acuerdo con laComisión Directiva. Planificar y ejecutar el plan de acción anual yrealizar todos los actos necesarios para el efectivo desempeño de susfunciones. Trabajar conjuntamente con la Comisión Directiva del Museopara implementar las acciones necesarias tendientes a cumplir con lamisión del Museo, sosteniendo reuniones periódicas a tal fin. Diseñar elorganigrama del Museo de la Memoria en acuerdo con la ComisiónDirectiva y presentarlo ante el Departamento Ejecutivo Municipal para

su aprobación, que no debe excederlos 180 días desde su presentación.Confeccionar el presupuesto anual de gastos y recursos y presentarlo alDepartamento Ejecutivo Municipal antes del 31 de agosto de cada año.Determinar el destino de los recursos previstos en el presupuesto anualy girar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Municipal elbalance anual dentro de los 90 días de cerrado el ejercicio financiero.Participar de la selección del personal que se incorpore alfuncionamiento cotidiano del Museo. Velar por los derechos de las y los

trabajadores de acuerdo a la Ley Provincial Nº 2.756 “Orgánica de lasMunicipalidades” y Ley Provincial Nº 9.286 de Estatuto y EscalafónMunicipal. Proponer al Departamento Ejecutivo Municipal y al ConcejoMunicipal por conducto de su Comisión de Feminismos, Disidencias y

Derechos Humanos o la que en el futuro la reemplace, el dictado denormas. Presentar ante el Concejo Municipal, previo a la finalización decada mandato, un balance de lo realizado durante la gestión.

Artículo 6º.- El personal que fuese necesario para el funcionamiento delMUSEO DE LA MEMORIA se conformará con personas idóneas, enrazón de sus valores éticos, intelectuales y de compromiso con losDerechos Humanos y la Democracia. La entrevista será en presencia deuna persona miembro de la Comisión Directiva, el/la Director/a y el/laresponsable del área.

Artículo 7º.- Incorpórase a la presente Ordenanza el Documento Anexocorrespondiente. La Municipalidad de Rosario, garantizará elfuncionamiento del Museo de la Memoria, siguiendo los lineamientosconceptuales contenidos en el mismo, para el desarrollo integral de lainiciativa".

DOCUMENTO ANEXO AL ARTÍCULO 7º DE LA ORDENANZA DE CREACIÓN DEL MUSEO LA MEMORIA:

El Museo de la memoria, cuyopropósito es la reconstrucción, protección y cultivo de la memoriacolectiva sobre los horrores del terrorismo de estado que asoló a laArgentina entre 1976 y 1983, se alineará en cuanto a su concepción,organización y funcionamiento con los criterios que en la U.N.E.S.C.O.caracterizan a los Museos de la Paz, y dentro de éstos, a losespecíficamente ubicados como Museos Temáticos, es decir, aquellosque recuerdan horrores de particular significación histórica.- Así, pordefinición, la labor del Museo se inscribirá en una línea de promociónde los derechos humanos, la tolerancia y la democracia y tratará deresponder a interrogantes morales de singular trascendencia, propiasde este tipo de instituciones, tales como: ¿De qué manera impedir quelos visitantes se informen de la verdad sin sentirse abrumados ante lasmuestras de tamaña barbarie? ¿Cómo despertar en ellos el deseo de

sumarse a las iniciativas que bregan por la edificación de un mundomejor? ¿Qué tipo de esperanza Transmitirles? El Museo se definirácomo un lugar público y plural, y junto a la exhibición de testimonios delos más diversos caracteres que ilustren sobre los horrores delterrorismo de Estado, ofrecerá espacios diferenciados donde seaposible llevar a cabo actividades de reflexión, de estudio, de encuentro,de recogimiento, de creación artística, de solidaridad, de desarrollo, ensuma, de todo tipo de acciones vivas que contribuyan a impedir elolvido. Desde el supuesto que se podía tener acceso a materialescolectados en su momento por la C.O.N.A.D.E.P por los diversosorganismos de derechos humanos, por entidades académicas y otrasfuentes similares, se parte de la idea que el Museo podrá disponer yreconstruir archivos de fotografías de desaparecidos y de los hijosrobados, de testimonios gráficos, orales y audiovisuales desobrevivientes, familiares y compañeros y demás documentos originales.De la labor requerida para la constitución de estos archivos surgiráseguramente su patrimonio inicial.- Sobre esa base las actividadesprevistas para el Museo podrían ser agrupadas de manera genérica entres funciones básicas: coleccionar, investigar y difundir. La misión decoleccionar operará, entre otros medios, con objetos, con instrumentosgráficos, con archivos de palabras, etc. La misión de investigar seapoyará en una amplia base de datos, centro de documentación,Hemeroteca, Diapoteca, Biblioteca, etc. La misión de difundir seplasmará a través de exposiciones permanentes y exposicionestemporarias, de muestras itinerantes que lleven la idea de su razón deser a todo el país y también al exterior, de congresos y todo tipo deencuentros que pongan el tema de los derechos humanos al alcance deun número siempre creciente de personas, etc. Uno de los núcleosfundamentales del trabajo del Museo se apoyará sobre el fenómeno dela política de la desaparición forzada de personas llevada a cabo por ladictadura militar, tratando entre otras cosas y especialmente, de ayudara que la dimensión escalofriante, pero abstracta, de miles de

desaparecidos pueda convertirse en miles de personas concretas,víctimas de un plan perverso de protagonistas visibles en un contextohistórico determinado. En ese sentido no podrán faltar el nombre de losdesaparecidos, sus fotos, las listas de los represores, de los lugares dedetención, de los centros de tortura, los testimonios de las tareas debúsqueda y denuncias de familiares y organismos de derechos humanosy de todo aquellos que contribuya a devolver la palabra a quienes labarbarie pretendió silenciar para siempre. También será materiapreferente del Museo el tratamiento del tema del robo de niñosperpetrados por los torturadores, como asimismo la reconstrucción delcontexto social en un País tensionado por la vida que seguía su cursoaparentemente normal, mientras se secuestraba, se atormentaba y seasesinaba, una reconstrucción desmitificada, con particulardetenimiento en el aislamiento interno de importantes contingentes depersonas, el llamado "exilio interior", incluyéndose en este punto "exiliointerior activo" con nombres y actividades de solidaridad"clandestinas", vida cotidiana y de relación de aquellos que pudieronriesgosamente quedarse en el país. En ese capítulo habrán de incluirnecesariamente el exilio masivo registrado en la época, conreconstrucción de nombre, destino, actividades de solidaridad yespecialmente vida cotidiana con la Argentina, y asimismo, el papeljugado por diversos organismos internacionales, públicos y privados,tanto en lo que se refiere a los exiliados como a la lucha por la vigenciade los derechos humanos en Argentina. En síntesis, el Museo de laMemoria habrá de tener una organización y funcionamiento tales quegaranticen el máximo aprovechamiento posible del aporte que aúnestán en condiciones de brindar sobrevivientes del terror, familiares delas víctimas, testigos y luchadores por la vigencia de los derechoshumanos, levantándose como un legado para que las futurasgeneraciones comprendan las raíces, las características y los alcancesde la catástrofe, en el compromiso mayor de evitar su repetición".

CONVOCAN A AUDIENCIA PÚBLICA PARA TRATAR LA SITUACIÓN AMBIENTAL DEL ARROYO LUDUEÑA

Expediente 270264 de la Comisión de Ecología y Ambiente

R E S O L U C I Ó N

1º.- El Concejo Municipal de Rosario resuelve convocar a unaAudiencia Pública a realizarse en el período ordinario en curso, enconcordancia y según los mecanismos en el marco de la Ordenanza N°7.040, para debatir todo lo referido a la grave situación ambiental delArroyo Ludueña y su progresivo deterioro sobre la contaminación,como asimismo, el diseño de modelos de gestión ambiental que permitasu protección y prevención de los riesgos potenciales.

2º.- La Audiencia Pública se realizará en el recinto de sesiones del Concejo Municipal de Rosario, con fecha a determinar.

3º.- A la Audiencia Pública se invita a:

  1. Sectores de la sociedad civil, involucrados directa oindirectamente de todos los rubros.
  2. Representantes de Aguas Santafesinas Sociedad Anónima (ASSA).
  3. Representantes del Ente Regulador de Servicios Públicos(ENRESS).
  4. Representantes del Ente de Coordinación Metropolitana (ECOM).
  5. Miembros del Observatorio Ambiental de la Universidad Nacionalde Rosario.
  6. Expertos en materia ambiental.
  7. Miembros del Departamento Ejecutivo Municipal con incumbenciaen la materia.
  8. Autoridades de los Ministerios Provinciales con incumbencia en lamateria.
  9. Legisladores Provinciales y Nacionales de la Provincia de SantaFe.
  10. A aquellos sectores de la ciudadanía en general en las condicionesdel artículo siguiente que tengan interés en la temática.
  11. Organizaciones ambientalistas involucradas con la temática por lacontaminación del Arroyo Ludueña en particular a la“Intersectorial por el Arroyo Ludueña".

4º.- La Audiencia Pública también invita a vecinos de la ciudad, quienesdeberán previamente inscribirse en la plataforma que se determine.

CREAN RECORRIDOS VIRTUALES 360° PARA FOMENTAR EL TURISMO

Expediente 269335 de la concejala Amalevi

ORDENANZA

Art. 1º. Creación. Créase el Tour “Rosario 360°”, mediante el cual secrearán Recorridos Interactivos Virtuales 360° de distintos puntos deinterés de la ciudad de Rosario, con el objetivo de fomentar el turismo,potenciar la educación y desarrollar la cultura.

Art. 2º. Autoridad de aplicación. Será Autoridad de Aplicación delpresente programa la Secretaría de Cultura, o la que en el futuro lareemplace.

Art. 3°. Contenido. El Tour “Rosario 360°” consistirá en una serie detours digitales interactivos en formato 360°, anclados en el sitio web dela municipalidad o una aplicación, que permite a los usuariosdesplazarse libremente y de forma inmersiva por distintos edificiosdestacados de la ciudad, interactuando con fotos detalle, vídeos 360,audioguías, información adicional, etc., sobre puntos que se considerende interés.

Art. 4°. Prueba piloto. El Departamento Ejecutivo Municipal deberácrear e implementar un primer plan de recorridos interactivos virtuales360° con los museos de la ciudad de Rosario, sus obras y esculturas.

Art. 5°. Adhesión. Los particulares que deseen incorporarse almencionado Tour, por poseer edificios de gran valor arquitectónico,patrimonial o cultural, deberán realizar una solicitud fundada ante laAutoridad de Aplicación. Deberán proveer a la misma el materialaudiovisual a los fines de que sea incorporada al sitio web o aplicaciónoficial, con los requisitos que disponga la Autoridad de Aplicación.

Art. 6°. Difusión. La Autoridad de Aplicación, deberá realizarcampañas informativas a los fines de difundir el Tour “Rosario 360°”.

Art. 7°. Reglamentación. El D.E.M. reglamentará la presenteordenanza en un plazo de 180 días de aprobada la misma.

BARES Y RESTAURANTES DEBERÁN INCLUIR EN SUS MENÚES OBLIGATORIEDAD DE SERVIR AGUA SIN CARGO

Expediente 270218 de la concejala Bracco

O R D E N A N Z A

Artículo. 1°.- Modifíquese la ordenanza N° 9465 el artículo 1 °, quequedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 1° Los establecimientos gastronómicos, bares yrestaurantes habilitados en la ciudad de Rosario, en los cuales sesirven o expenden comidas, deberán poner a disposición unmínimo de 375 centímetros cúbicos de agua potable del serviciode red apta para el consumo, por persona y exhibir información en menúes y/o señalética en espacios comunes que exprese la disponibilidad de agua potable, gratuita y al servicio de los clientes”.

ROSARIO CONTARÁ CON UNA FERIA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente 270278 del concejal Raspall

O R D E N A N Z A

Artículo 1°. Incorpórese a la Ordenanza N°10.389 el Capítulo III quequedará redactado de la siguiente manera:

Art. 13°. Objeto. Créase en el ámbito de la Municipalidad deRosario y en el marco del Día Internacional de la Ciencia y laTecnología, 10 de abril, la “Feria de Ciencias y Tecnología de Rosario”,jornada abierta de difusión y promoción de las actividades científicas ytecnológicas, con los objetivos presentados en el Artículo 14° de lapresente, a celebrarse anualmente.

Art. 14°. Objetivos. Los objetivos de la “Feria de Ciencias yTecnología de Rosario” son:

  1. Fomentar entre la ciudadanía rosarina de todas las edades elconocimiento y la curiosidad del trabajo que realizan los y lascientíficos/as.
  2. Estimular actitudes, valores y vocación en relación a la ciencia ytecnología.
  3. Promover el intercambio de conocimientos y experiencias entreestudiantes, docentes, científicos, técnicos, investigadores y lacomunidad en general para enriquecerse mutuamente.
  4. Permitir que nuevos agentes sociales participen en los procesoscientíficos.
  5. Difundir entre la ciudadanía la importancia y el valor de contar condesarrollo científico y tecnológico nacional, y con institucionescientíficas y académicas públicas y estatales.

Art. 15°. Sujetos. Serán invitados a participar anualmente de la“Feria de Ciencias y Tecnología de Rosario”:

  1. Investigadores/as y docentes de la Universidad Nacional de Rosario,Universidad Tecnológica Nacional y demás Universidades con sede enla ciudad de Rosario e instituciones dedicadas a la Investigación enCiencias y Tecnología.
  2. El Centro Científico Tecnológico (CCT) Rosario y el Consejo Nacionalde Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET).
  3. Quienes hayan sido consagradas/os como ganadoras y ganadores del“Concurso de intercolegiales para la ciencia y la innovación: NuevosTalentos” regulado en el Capítulo II de la presente.
  4. Organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la Investigación enCiencia y Tecnología.
  5. Instituciones y empresas privadas de la ciudad de Rosario quedesarrollen actividades ligadas a investigación, el desarrollo einnovación (I+D+i) y/o basadas en la Economía del Conocimiento eIndustrias creativas científico-tecnológicas.
  6. Toda otra entidad, institución u organización que la autoridad deaplicación considere pertinente.

PONDRÁN EN MARCHA UN PROGRAMA INTERACTIVO DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL

Expediente 263053 de la concejala mandato cumplido Ferradas

O R D E N A N Z A

Artículo 1 °.- CREACIÓN. Crea el programa “Mapa interactivo de laaccesibilidad Rosario Universal” para generar una herramienta basadaen nuevas tecnologías de la información y comunicación (TICs), quepermita poner a disposición de las personas información de manerainteractiva, en un solo conjunto, que promueva la participación plenade las personas con discapacidad en la vida pública y cultural denuestra ciudad.

Art. 2 °.- OBJETIVOS. El programa Municipal tendrá como objetivos:

  • Fortalecer la participación de las personas con discapacidad, para queestén visibilizadas y sean protagonistas en el diseño de la ciudadreduciendo la brecha digital y promoviendo la inclusión de las personascon discapacidad en entornos tecnológicos.
  • Fomentar la vinculación entre personas, organizaciones de lasociedad civil y el Estado Municipal.
  • Difundir dispositivos territoriales para la tramitación del CertificadoÚnico de Discapacidad (CUD).
  • Difundir las adecuaciones de las infraestructuras urbanas quepermitirán la accesibilidad al entorno físico (accesos a lugaresaccesibles, movilidad, servicios sanitarios adaptados) tanto en espaciosy eventos públicos como privados.

Art. 3 °.- IMPLEMENTACIÓN: La autoridad de aplicación de lapresente ordenanza será la Jefatura de Gabinete, encoordinación con la Dirección de Discapacidad, o las que en el futurolas reemplace.
El “Mapa interactivo de la accesibilidad Rosario Universal” seráconstruido en una primera instancia a través de información pública y/orecabada a través de voluntarios/as para luego ser completado yactualizado de manera constante por sus usuarios/as.

El “Mapa interactivo de la accesibilidad Rosario Universal”, deberácontar con un formato digital colaborativo. El mismo deberá permitirlea los ciudadanos de la ciudad poder cargar sus actividades y/o espaciosque cumplan con los requisitos de accesibilidad.

En este Mapa podrá encontrarse información vinculada a espaciostanto públicos como privados, en relación a accesibilidad, es decir,espacios reservados para estacionar vehículos que transportan apersonas con discapacidad, baños accesibles, butacas en espectáculospúblicos y diversos sectores destinados a personas con discapacidad,dispositivos territoriales para la tramitación del Certificado Único deDiscapacidad (CUD), entre otros que puedan surgir, para garantizar laplena participación y la promoción por la vida independiente.

Art. 3° bis: Establézcase que el relevamiento de los datos mencionadosprecedentemente como así también su actualización estará a cargo dela Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Rosario, o la queen el futuro la reemplace.

Art. 4 °.- A los fines de cumplir con lo establecido en el artículoprecedente, los contenidos del “Mapa interactivo de la accesibilidadRosario Universal” deben ser accesibles, mediante la incorporación delos formatos de accesibilidad a la comunicación, como por ejemplo laderivación mediante enlaces a sitio web rosario.gob.ar con lainformación recolectada, estructurada de tal manera que cumpla con laLey N° 26.653 de “Accesibilidad Web”, con el objeto de garantizar

derechos a las personas con discapacidad visual.

Art. 5 °.- La autoridad de Aplicación deberá divulgar el “Mapainteractivo de la accesibilidad Rosario Universal” a través depublicaciones, medios de comunicación, redes sociales y eventos

públicos, con el objeto de que su uso sea de utilidad tanto para elEstado Municipal como para los/as ciudadanos/as de nuestra ciudad.

CITAN A DIRECTIVOS DE ASSA Y EL ENRESS A REUNIÓN CONJUNTA CON EL FIN DE CONOCER SU PLAN DE TRABAJO

Expediente 270149 de la concejala Gigliani

R E S O L U C I Ó N

1°.- El Concejo Municipal de Rosario invita a la Dra. AnahíRodríguez Presidenta del Directorio de Aguas Santafesinas (ASSA), alos Directores del Ente Regulador de Servicio Sanitario (ENRESS), para que concurran a este Concejo Municipal, a fin de intercambiar miradas y propuestas sobre la medición del consumo de agua potable en la ciudad de Rosario, como asimismo para analizar las posibilidades de avanzar en la implementación de sistemas que permitan, a través de la colocación de micro y/o macro medidores, un uso más racional y eficiente de la misma.

2°.- En una segunda instancia el Concejo Municipal invitará a las asociaciones representativas de las empresas constructoras y desarrolladoras urbanísticas de la ciudad, organizaciones de consumidores y representantes de la Cátedra del Agua de la Universidad Nacional de Rosario para que concurran a este Concejo Municipal, a fin de conocer cuáles son las principales problemáticas respecto al suministro de servicios de agua potable, como así también analizar las posibilidades de avanzar en la implementación de sistemas que permitan aumentar la colocación de medidores de agua en la ciudad de Rosario.

3°.- Los/as presidentes de las comisiones de Planeamiento y Urbanismo, Obras Públicas, y Servicios Públicos Concedidosdeberán coordinar la fecha y horario en que se realizarán las reunionesconjuntas establecidas en los puntos 1º y 2º.

SOLICITAN ARBITRAR MEDIDAS PERTINENTES CON EL FIN DE REGULARIZAR LA SITUACIÓN DOMINIAL DE VIVIENDAS EN EL BARRIO “LOS HUMITOS”

Expediente 270237 del concejal Sciutto

D E C R E T O

Artículo 1º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal,avanzar en la inscripción del plano de mensura y subdivisión del terreno de mayorárea y demás trámites necesarios del proceso iniciado conjuntamentepor el Servicio Público de la Vivienda y el Habitad (SPVyH), el ConcejoMunicipal de Rosario, BMR Mandatos y Negocios del Banco Municipalde Rosario, las familias residentes y el dueño del inmueble, sobre loslotes adquiridos por vecinos/as del Barrio “Los Humitos” de nuestraciudad, en el marco de las ordenanzas 6492/97 y 8900/12respectivamente, para concretar la regularización dominial definitivade sus terrenos y viviendas.

Art. 2º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, paraque a través de la repartición que estime pertinente, dé inicio a labrevedad de una moratoria –para cancelar deuda de cuotas pendientespor adquisición de terrenos en el barrio “Los Humitos”- solicitada yapor el Decreto 61943 del 2022, así como al conjunto de accionesprevias a la suscripción de la misma, de modo de ir avanzando desde lolocal en todos los aspectos burocráticos y administrativos asociados aésta, verbigracia el cálculo de la deuda que presenta cada una de lasfamilias y/o la evaluación de la situación social actual de éstas quejustifiquen incluso una potencial condonación, entre otros.

Art. 3º: A los efectos de garantizar el proceso de escrituración de losterrenos en cuestión, el Departamento Ejecutivo Municipal deberádestinar el remanente de los recursos obtenidos en el marco de lafutura moratoria lanzada para cancelar deuda de cuotas pendientespara laadquisición de terrenos en el barrio “Los Humitos”, y lorecaudado por el fideicomiso al día de la fecha, a los gastos deescrituración de los mismos.

Art. 4°: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, paraque a través de la repartición que estime pertinente, gestione ante elRegistro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) la posibilidad dedestinar fondos del mismo para afrontar los costos asociados a loshonorarios que demanda el trámite de escrituración respectiva, previoacuerdo con los colegios profesionales y notariales, de modo de obtenerla regularización dominial definitiva de cada lote.

EXPRESAN SOLIDARIDAD CON DIRIGENTE ESTUDIANTIL, VÍCTIMA DE DISCRIMINACIÓN, RACISMO Y XENOFOBIA

Expediente 270919 de particular

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario expresa su solidaridad y acompañamiento a laestudiante y dirigenta de la Federación Universitaria de Rosario, Flor del Alba CruzValdez, por haber sufrido manifestaciones xenófobas, discriminatorias y racistas através de sus redes sociales; y reitera el compromiso de trabajar en pos de políticaspúblicas que promuevan acciones tendientes a construir una sociedad más justa eigualitaria, sin violencia ni discriminación.

PREOCUPACIÓN POR DESPIDOS EN CORREO ARGENTINO

Expediente 270942 del concejal Romero

// Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo de los concejales Ana Laura Martínez, Carlos Cardozo, Sabrina Prence y Franco Volpe //

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal expresa su preocupación por los despidos ocurrido en laúltima semana en la empresa estatal Correo Oficial de la República Argentina S.A.(Correo Argentino).

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