Cordón industrial

La Justicia frenó el DNU que afectaba a la marina mercante

El fallo dio la razón al Centro de Capitanes y suspendió normas que limitaban derechos laborales. Más detalles

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El Juzgado Nacional del Trabajo N°32, a cargo de la jueza Viviana Dobarro, hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Centro de Capitanes de Ultramar y suspendió parcialmente el Decreto 340/2025 del Poder Ejecutivo Nacional. La resolución consideró que varios artículos del DNU vulneraban derechos laborales de trabajadores de la marina mercante y cuestionó su constitucionalidad.

El decreto, firmado en mayo, introducía modificaciones profundas en leyes como la 20.094, 27.419 y el Decreto-Ley 19.492, alterando el régimen legal del trabajo marítimo y fluvial. El fallo dejó sin efecto, entre otros, los artículos que declaraban la navegación como servicio esencial, modificaban la proporción de tripulantes argentinos en las embarcaciones y reducían la participación sindical en la contratación. “No se puede alterar el régimen laboral por decreto sin urgencia ni debate parlamentario”, subrayó la jueza.

La presentación del amparo se basó en el artículo 43 de la Constitución Nacional y en convenios internacionales con jerarquía constitucional. Dobarro señaló que el DNU fue dictado mientras el Congreso estaba en funciones, lo que anula el argumento de necesidad y urgencia exigido por la Carta Magna. Además, advirtió que su implementación implicaría “un perjuicio irreversible” para los trabajadores embarcados.

La medida se suma a fallos anteriores como el de la Cámara Nacional del Trabajo en favor de la CGT y refuerza el rechazo sindical a la reforma impulsada sin consenso. Con este nuevo freno, la Justicia envía un mensaje claro: no se pueden vulnerar derechos laborales ni el sistema republicano mediante decretos sin justificación válida.

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