La Justicia frenó el decreto de Milei sobre la Marina Mercante
La CGT logró suspender la inclusión del sector como servicio esencial. El fallo cuestiona la legalidad del DNU.

Un fallo del Juzgado Nacional del Trabajo N.º 3 suspendió los artículos 2 y 3 del DNU 340/25 del gobierno nacional, que incorporaban a la Marina Mercante como servicio esencial. La decisión se produjo tras un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT), que consideró que la medida afectaba el derecho de huelga y la libertad sindical.
La jueza Moira Fullana resolvió que el decreto no fue dictado en una situación de necesidad y urgencia, ya que el Congreso se encontraba en funciones. Además, advirtió que el avance sobre derechos laborales debe contar con debate parlamentario y respetar las garantías constitucionales vigentes.
Jorge Metz, ex subsecretario de Puertos, comparó la medida con el decreto 1772 del menemismo, al que calificó como una “privatización encubierta”. Para Metz, el actual DNU sigue la misma lógica: “No puede implementarse sin pasar por el Congreso ni sin escuchar al sector. Es una muestra de improvisación y falta de idoneidad”.
La justicia concedió la cautelar sin exigir contracautela, ya que no implica perjuicio económico para el Estado. La CGT celebra un revés judicial al oficialismo, mientras crece la tensión entre el gobierno y el sindicalismo. El caso podría sentar precedente en la disputa por los límites del DNU como herramienta de reforma.