La Anmat prohibió una marca de aceite de oliva
Detectó que el producto tiene una serie de irregularidades que no cumplen con las normas sanitarias.
Detectó que el producto tiene una serie de irregularidades que no cumplen con las normas sanitarias.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió una marca de aceite de oliva porque sus fabricantes incurrieron en una serie de irregularidades contempladas por la legislación vigente. El gobierno nacional publicó la medida este martes en el Boletín Oficial.
A través de la Disposición 10056/2022 se determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de oliva extra virgen marca D’olivo – RNE 3314257, RPNA 13623467″, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
as actuaciones se iniciaron a partir de una consulta realizada ante el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, del Instituto Nacional de Alimentos sobre la veracidad de los registros del producto radicada en Mendoza. De este modo, se constató que el RNPA del producto es inexistente y que la cantidad de dígitos del RNE no coincide con la nomenclatura utilizada por ninguna autoridad sanitaria.
Así fue cómo se determinó que el aceite de oliva, que se publicita y promociona en plataformas de venta online, no contaba con las autorizaciones requeridas por la autoridad sanitaria. Por lo tanto, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria, que evalúe las medidas a adoptar.
Se estableció que el producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal y que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país.
Con el objetivo de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del aceite.