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Uno de los padres podrá tener licencia laboral cuando los hijos no asistan a clases presenciales

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El Gobierno nacional resolvió que los empleadores otorguen licencia a uno de los padres o adultos a cargo de menores para los casos en los que la jornada escolar sea “reducida” o bien no haya clases presenciales durante el día en el marco del ciclo lectivo 2021.

Según una resolución firmada anoche, y que aún no fue publicada en el Boletín Oficial, el ministerio de Trabajo de la Nación dispuso que “se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora o persona adulta a cargo cuya presencia en el hogar sea indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente”.

De acuerdo a la normativa, la medida es de alcance nacional para el sector privado y precisa dos situaciones específicas para el goce de la licencia laboral:

– Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo.

– Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

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Además, la resolución indica que “podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar”.

La medida establece como pasos a seguir que la persona que utilice la licencia deberá notificar a su empleador la circunstancia desde una declaración jurada con los datos personales del niño; el grado o año que cursa, junto a la información del establecimiento; y una declaración de que su presencia “resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente en los días que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal”.

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