Provinciales

Ampliaron las celebraciones religiosas en la provincia

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El jefe de Gabinete de ministros, Santiago Cafiero, habilitó en la provincia de Santa Fe el desarrollo de reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y a entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

La decisión 2153/2020 publicada este domingo en el Boletín Oficial, habilita la concurrencia simultánea permitida de más de 30 personas al aire libre o en lugares cerrados, en este último caso con una capacidad del cincuenta por ciento.

Según el artículo 2 de la resolución, “las actividades mencionadas quedan autorizadas para realizarse, conforme al ‘Protocolo de higiene y funcionamiento para actividades Religiosas y de Culto” aprobado por la autoridad sanitaria nacional.

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“Los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las actividades autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras y trabajadores”, menciona el escrito.

De la misma manera, la excepción otorgada “podrá ser dejada sin efecto por la autoridad local, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia de COVID-19, debiendo comunicar tal decisión al Jefe de Gabinete de Ministros”.

La resolución nacional también indica que la Provincia deberá realizar, en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias correspondientes.

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La medida ordena que la Provincia “deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades”, “estableciendo la fecha para su efectiva reanudación, pudiendo implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas, en el ámbito de su competencia territorial y conforme la situación sanitaria”.

Asimismo la Nación delega en Santa Fe la posibilidad de “limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios; o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus”.

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