El oficialismo busca sancionar la Ley de Góndolas
En la previa al inicio de sesiones ordinarias, el oficialismo se apresta a sancionar la denominada Ley de Góndolas. El viernes 28 la Cámara Alta sesionaría para darle luz verde a la medida que busca fomentar la competencia de las bocas de expendio y evitarlos abusos de posición dominante.
El proyecto, aprobado por la Cámara de Diputados, apunta a evitar conductas monopólicas y anticompetitivas en supermercados, y propone como eje central que una misma marca no pueda ocupar más del 30% de la góndola.
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La norma, que fue incluida en el temario de la sesión del próximo viernes a las 14 por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, fue promovida por el Poder Ejecutivo y apoyada por un amplio sector de la oposición pero recibió críticas de los supermercadistas que sostienen que les generará “más problemas que soluciones”.
Desde la bancada de Juntos por el Cambio, que expresó reparos respecto de una serie de “elementos” que podrían impulsar amparos, y dejar sin efecto la medida, dejaron en claro que acompañarán la medida y que intentarán introducirle modificaciones durante el debate en el recinto.
Algunos de los puntos más relevantes de esta ley son:
A los fines de estimularla competencia de productos, los supermercados y supermercados totales o hipermercados que cuenten con más de 50 bocas de expendio en la Argentina estarán obligados a que, para cada categoría de productos, ninguna marca individual o marcas de una misma empresa o grupo económico podrá disponer de más del 40% del espacio de góndola destinado a esa categoría en el primer año de vigencia, para luego ser del 30% en su segundo año.
Para bajar los costos para los proveedores de los supermercados y supermercados totales o hipermercados, se deberán cumplir con las siguientes condiciones en la relación entre los proveedores y los establecimientos de ventas minoristas:
El plazo máximo de pagos no podrá superarlos 90 días; los proveedores podrán aplicarlos intereses que determine la Secretaría de Comercio en caso de pagos realizados fuera de término, siempre y cuando no existan razones legales y fundamentadas por el incumplimiento.
Las bocas de expendio no podrán exigirle a los proveedores aportes o adelantos financieros por ningún motivo, ni podrán aplicar a los proveedores retenciones económicas o débitos unilaterales.
En la negociación contractual entre los supermercados y el proveedor de uno o varios productos determinados no podrá oponerse como condición la comercialización de productos de terceros, la entrega de mercadería gratuita o por debajo del costo de provisión, ni ninguna otra práctica contraria a la competencia.
En la negociación de precios entre las bocas de expendio y el proveedor de uno o varios productos determinados no podrán interponerse las condiciones o variaciones de los precios de terceros proveedores. Plazo Las bocas de expendio tendrán un plazo de 60 días a partir de la promulgación de la ley para hacerlas modicaciones que sean necesarias e implementarla ley.
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